Perder a un familiar es uno de los momentos más duros que existen. Y precisamente en esos primeros momentos, cuando el dolor es más intenso, hay una serie de gestiones que no pueden esperar. Esta guía le explica con claridad qué debe hacer, en qué orden, y qué puede delegar en la funeraria.
Las primeras horas: qué es urgente
Avisar al médico o al 112
Si el fallecimiento ocurre en casa, lo primero es llamar al médico de cabecera o al 112. Un médico debe certificar la defunción. Sin ese certificado no puede comenzar ningún trámite.
Contactar con una funeraria
Una vez certificado el fallecimiento, debe contactar con una funeraria. Ellos se encargarán del traslado del cuerpo, la preparación y la mayoría de los trámites administrativos. No tiene que elegir la primera que le llamen al hospital: tiene derecho a comparar.
Decidir entre entierro o cremación
Es la primera decisión importante. Si el fallecido dejó instrucciones, respételas. Si no, esta decisión recae en la familia. La cremación suele ser más económica y flexible en cuanto a plazos.
Buscar documentación básica
La funeraria necesitará el DNI del fallecido y el libro de familia. Si los tiene a mano, el proceso será más ágil. Si no los encuentra, no se preocupe, hay vías para obtenerlos.
Trámites que puede delegar en la funeraria
Una buena funeraria se encarga de casi todo. Estos son los trámites que habitualmente gestionan por usted:
| Trámite | ¿Lo gestiona la funeraria? |
|---|---|
| Certificado de defunción médico | Sí, coordinan con el médico |
| Inscripción en el Registro Civil | Sí, habitualmente |
| Licencia de enterramiento o cremación | Sí |
| Traslado del cuerpo | Sí |
| Coordinación con el cementerio o crematorio | Sí |
| Certificado de últimas voluntades | No siempre, puede hacerlo usted |
| Trámites de herencia | No, requiere notario o abogado |
Trámites que tendrá que gestionar usted
En los días y semanas siguientes hay gestiones que recaen sobre la familia:
- Certificado de últimas voluntades: permite saber si el fallecido dejó testamento. Se solicita en el Ministerio de Justicia pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento.
- Baja en la Seguridad Social: si era pensionista, hay que comunicarlo para evitar cobros indebidos.
- Cancelación de cuentas bancarias: requiere la escritura de herencia o declaración de herederos.
- Gestiones con seguros: si tenía seguro de decesos o de vida, contacte con la aseguradora.
- Impuesto de sucesiones: varía mucho según comunidad autónoma. Tiene un plazo de 6 meses desde el fallecimiento.
¿Tiene seguro de decesos?
Si el fallecido tenía contratado un seguro de decesos, la aseguradora cubre total o parcialmente los gastos del funeral. Busque entre sus documentos o consulte con su banco, ya que muchos seguros de hogar o de vida incluyen esta cobertura.
¿Cuánto cuesta un funeral?
El precio medio de un servicio funerario en España en 2026 es de 3.800€, aunque puede oscilar entre 1.500€ y 8.000€ dependiendo de la ciudad, el tipo de servicio y la funeraria. Las ciudades grandes suelen tener más competencia y por tanto más margen de negociación.
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